Todo gira alrededor de unos rubros contables que la EPS clasificó como costo y la Contraloría consideró que debían registrarse como gasto. Es decir, una diferencia en cuanto a la contabilidad, pero nadie fue señalado por echarse plata al bolsillo. A Panesso Serna lo acusaron en 2012. Era contralora Sandra Morelli. En 2013 dos subalternos de Morelli firmaron un informe técnico favorable a Panesso Serna. La conclusión final indica que no hubo pérdida de dineros de la salud: “En el análisis de Informe Técnico no se cuestiona indebida utilización de dichos recursos, o que los mismos se hallan (sic) cancelado sin el lleno de los requisitos, sino que corresponde a una apreciación de clasificación de las cuentas dentro de los Estados Financieros de Coomeva EPS S.A., con lo que no se puede establecer como menoscabo a los recursos del sistema”. (Subrayo) Firman los profesionales Gloria Matilde Cruz y Juan Carlos Sierra Pérez. Lo que siguió después lo deja a uno estupefacto.
Mientras el informe técnico concluyó que no hubo menoscabo a los recursos de la salud, la Contraloría, en 2017, procedió a declarar que Fernando Panesso Serna debe devolver más de 19.000 millones de pesos. De manera muy conveniente, y muy arbitraria, ese informe técnico se cita en un par de líneas en el fallo de responsabilidad fiscal pero no se analiza su contenido. ¿En qué queda entonces el derecho de defensa? Es inaudito que en el expediente exista un informe técnico, no aportado por el investigado ni por un tercero sino por la propia Contraloría y elaborado por dos de sus funcionarios, el cual no se tuvo en cuenta a la hora de decidir si el investigado era responsable fiscal.
Estamos frente a una deslealtad con el procesado y con la imparcialidad que debe guiar cualquier investigación. Si el informe técnico que hace parte del expediente estaba equivocado el fallo tenía que abordarlo, analizarlo y explicar por qué no se tomaría en cuenta. Pasarlo por alto como si no fuera una pieza del proceso, es un engaño. Un doble engaño, pues la Contraloría indicó que Panesso Serna obró a título de dolo, es decir, “con la intención positiva de inferir injuria a la persona o propiedad de otro”. La Contraloría expresó que el gerente “debió verificar el total apego a la normatividad”, pero la supuesta omisión no es equivalente a una intención positiva de causar daño.
Fernando Panesso Serna escribió un libro sobre su vida (Relato de mi destino, Icono, 2019) junto con Carlos Gustavo Álvarez e Iván Beltrán Castillo. En el prólogo María Ángela Holguín señala: “La vida de Fernando Panesso es, sin duda, la de alguien que antepuso el amor a lo público y al país a su vida personal. El verdadero servidor público”. Agrega la excanciller: “Mi gratitud por su trabajo, Fernando. Por haber tenido a mi lado en el servicio público personas como usted, escribo con orgullo estas palabras”. Panesso Serna está bloqueado en el sistema financiero pero usaba una cuenta Nequi. La Contraloría, acuciosísima, se la embargó. Había allí 515.000 pesos. Tendrían que hacerle 37.032 embargos por esa cuantía. Y después quedarían pendientes los 39 centavos.
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